Muchos sois los que diariamente nos preguntáis por los detectores de radar, hay mucha controversia y mucho lío montado. Os lo vamos a resumir para que os quede bien claro:
– DETECTORES DE RADAR: Los podemos definir como dispositivos electrónicos cuya función es decirnos donde se encuentra un radar físicamente en cada momento, tanto móviles como fijos.¿Más claro? Si ponen un radar(móvil o fijo) en una carretera nos va a pitar, si lo quitan dejará de pitar. A PARTIR DE 2014 ESTARÁN PROHIBIDOS: Multa 200€ y 3 puntos de carnet.
– INHIBIDORES DE RADAR: Los podemos definir como dispositivos electrónicos cuya función es hacernos invisibles, tanto a radares móviles como fijos.¿Más claro? Si ponen un radar (móvil o fijo) en una carretera no nos van a dectectar, es como si nunca hubiéramos pasado. ESTÁN PROHIBIDOS: Multa 6.000€ y 3.000€ a 20.000€ a sus instaladores.
– POSICIONADOR DE RADAR: Los podemos definir como dispositivos electrónicos o aplicaciones para smartphones cuya función es decirnos donde se encuentra un radar fijo físicamente, basándose en la tecnología GPS con los datos precargados en nuestro terminal. ¿Más claro? Lo único que hace es decirnos si hay un radar o no en un sitio determinado porque el fabricante del aparato nos lo la grabado, pero si cambian el radar y no hemos actualizado nuestro aparato nos va a seguir diciendo que está allí, es como tener un mapa en el coche en el que hemos apuntado nosotros mismos donde están los radar. SON COMPLETAMENTE LEGALES.